El pleno aprobará este jueves la Ordenanza de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ayuntamiento de Torrelavega, aunque su contenido no se completará hasta dentro de unos meses, una vez se incorpore el Código de Conducta y Buen Gobierno, que será aplicable a los miembros de la Corporación y los trabajadores municipales. La ordenanza recibió la aprobación inicial del pleno el pasado 29 de octubre, y tras el periodo de exposición pública, recibe ahora la aprobación definitiva.

El concejal de Régimen Interior, José Luis Urraca, ha recordado que con la aprobación de la ordenanza y la publicación de la información municipal a través de medios digitales, en concreto, del Portal de Transparencia del Gobierno de España y de la web municipal, se da «cumplimiento» a la Ley y se pone de manifiesto el «compromiso de reforzar la transparencia» del equipo de gobierno PSOE-PRC.
Respecto al acceso a la información por parte de los ciudadanos, Urraca ha reconocido que aún quedan campos de información que no están operativos y ha asegurado que «en un tiempo prudencial» estarán disponibles. También ha recordado que la información se podrá solicitar a través del Departamento de Gobierno Interior, sin que sea necesario justificar dicha petición, y el tiempo de respuesta será de un máximo de 30 días.
Igualmente, dentro de la web municipal, en la pestaña «Ayuntamiento», pueden consultarse las declaraciones de bienes de los concejales; mientras que el acceso al Portal de Transparencia del Gobierno de España es a través del enlace que existe en la barra lateral derecha de la web.
En cuanto a la tramitación de la Ordenanza de Transparencia, ha reiterado que se trata de un documento redactado con «amplio consenso»de la Corporación. Su entrada en vigor, ha señalado el concejal, permitirá a los ciudadanos conocer «toda la información municipal, saber en qué se gasta el dinero, y conocer mejor cuestiones sobre los fondos públicos». Así, se pondrá a disposición de los vecinos información institucional (retribuciones anuales brutas del alcalde y de los concejales liberados; y declaraciones anuales de bienes y actividades), económica (aportaciones grupos políticos, PGOU y sus modificaciones, la Relación de Puestos de Trabajo, Oferta de Empleo Público, datos de calidad del aire o subvenciones), y normativa (Reglamento Orgánico de Funcionamiento del Ayuntamiento, Ordenanzas Fiscales 2015, normativa sobre Urbanismo y Medio Ambiente…).
