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Portada » La reducción en la tarifa del agua se puede solicitar hasta el 14 de agosto

La reducción en la tarifa del agua se puede solicitar hasta el 14 de agosto

06/08/2020Por HoyTorrelavega2 Minutos de lectura0
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AguaFregando
Las solicitudes de reducción de la tasa de agua deben presentarse en Aguas Torrelavega

El concejal de Hacienda, Pedro Pérez Noriega, ha informado que se ha ampliado hasta el 14 de agosto el plazo del Ayuntamiento de Torrelavega para solicitar el bono de reducción de la tarifa del agua. La solicitud debe presentarse en el Registro Municipal, que funciona de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas y ya sin necesidad de cita previa. La documentación necesaria para la solicitud se puede obtener en Aguas Torrelavega.

 

El objetivo, ha dicho Pérez Noriega, es «facilitar» a todos los posibles beneficiarios de esta bonificación el acceso a la misma. Con esta ampliación, ha añadido, se podrán resolver todas aquellas solicitudes que se presentaron fuera de plazo y se dará la posibilidad de que opten a estas ayudas aquellas personas que cumplan los requisitos.

En cuanto a los beneficiarios de estas ayudas, Pérez Noriega ha indicado que existen diferentes tipos de bonificaciones. Así por ejemplo, los jubilados y pensionistas, así como las personas perceptoras de prestaciones por desempleo cuyos ingresos por todos los conceptos no superen el 110% del salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes propios, excepto la vivienda en que habitan, tendrán una bonificación del 100% en la cuota fija de la tasa de uso doméstico de la vivienda habitual. Asimismo, se incluirán en esa bonificación los contribuyentes cuya renta per cápita sea inferior a: al SMI en el caso de 1 persona; 115% del SMI si son 2 personas en la unidad familiar; 120% del SMI si son 3; y 125% del SMI con 4 personas.

También podrán optar a una bonificación del 100% en la cuota fija de la tasa de uso doméstico de la vivienda habitual aquellos sujetos pasivos en concepto de contribuyentes que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes: perceptores de la renta social básica; perceptores de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez; perceptores de subsidio por desempleo, Renta Activa de Inserción, subvención del PREPARA o ayuda económica de acompañamiento del programa Activa; perceptores de ayuda a la dependencia, con capacidad económica de la unidad familiar igual o inferior a 1,5 veces el IPREM.

bonificación
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