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Portada » Abierto el plazo de solicitud de bonificación del agua, alcantarillado y recogida de residuos sólidos urbanos

Abierto el plazo de solicitud de bonificación del agua, alcantarillado y recogida de residuos sólidos urbanos

18/02/2023Por HoyTorrelavega2 Minutos de lectura0
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BonificacionAgua23

Un año más, el Ayuntamiento de Torrelavega ha puesto en marcha la Campaña de Bonificación del Agua, Alcantarillado y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos. Las solicitudes se pueden recoger en las oficinas de Aguas Torrelavega, en la calle La Viña 4 bajo; y se deben presentar en el Registro Municipal ubicado en la calle Marqués Santillana 14 Bajo (en El Zapatón), hasta el 31 de marzo de 2023.

 

El objetivo de esta convocatoria, ha explicado la concejal de Bienestar Social, Laura Romano, es «apoyar a los ciudadanos con menos recursos en algo tan esencial como es el pago del recibo del agua».

Según ha indicado Laura Romano, para poder optar a estas ayudas se deben cumplir los siguientes requisitos:

1.- Ser jubilado, pensionista o estar acogido al subsidio de desempleo.
2.- Estar empadronado en el domicilio para el cual se solicita la bonificación.
3.- Los ingresos por todos los conceptos de la unidad familiar/convivencia, no superarán:

1 persona 900,00 €
2 personas 115 % sobre 900,00 € = 1.035,00 €
3 personas 120 % sobre 900,00 € = 1.080,00 €
4 personas 125 % sobre 900,00 € = 1.125,00 €

El ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial, o de venta ambulante, lleva implícita una estimación mínima de ingresos de 8.788 €/año.

4.- Carecer de bienes propios, salvo la vivienda que ocupen
5.- Titularidad de un sólo vehículo con potencia fiscal inferior a 16 caballos fiscales.
6.- Consumo inferior a 30 m.3 la primera persona y 15 m.3 más a partir de la segunda persona.

DOCUMENTACION QUE DEBERAN ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD

La documentación que deben acompañar todos los solicitantes es la siguiente:
Declaración de miembros de la unidad familiar/convivencia.
Autorización firmada del interesado las personas mayores de 18 años para que el Ayuntamiento pueda recabar datos tributarios en la Agencia Tributaria al nivel de Renta (IRPF) y en el Servicio de Empleo Público sobre situación actual y prestaciones económicas.
Último recibo del agua
D.N.I.
Ingresos que se perciban de la Seguridad Social por cualquier concepto, prestaciones, Ingreso Mínimo Vital, etc.

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