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Torrelavega

Aprobada la ordenanza que regula la administración electrónica y los trámites ante el Ayuntamiento

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La nueva Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Torrelavega, aprobada en el pleno de este jueves, establece los cauces y procedimientos para los trámites que los ciudadanos tienen que realizar ante la administración local, fomentando que las nuevas tecnologías simplifiquen y faciliten esas gestiones.

 La ordenanza, ha explicado el concejal de Régimen Interior, José Luis Urraca, regula el procedimiento que garantice a los ciudadanos elegir el cauce a través del cual se relacionan con el Ayuntamiento, presencial, como hasta ahora, o electrónico. Este segundo cauce será obligatorio para las personas jurídicas (entre ellas las empresas) y determinadas personas físicas de acuerdo a la nueva legislación.

Para Urraca, se trata de garantizar los derechos de los ciudadanos para facilitarles los trámites que tengan que realizar con el Ayuntamiento y proseguir dando pasos en la administración electrónica. Los servicios que actualmente ya ofrece el Ayuntamiento en la sede electrónica https://sede.torrelavega.es están operativos las 24 horas durante los 365 días del año.

El Ayuntamiento garantizará el acceso de la ciudadanía a los servicios electrónicos a través de un sistema de varios canales que cuente, al menos, con los siguientes medios: las oficinas de atención presencial que se determinen, las cuales pondrán a disposición de la ciudadanía de forma libre y gratuita los medios e instrumentos precisos.

Se regula el derecho a relacionarse con el Ayuntamiento de Torrelavega a través de medios electrónicos y a exigir del Ayuntamiento de Torrelavega que se dirija a través de estos medios y obtener documentos a través de formatos electrónicos. A acceder a la información administrativa, registros y archivos a través de medios electrónicos. Derecho a participar en los procesos de toma de decisiones y en la mejora de la gestión municipal a través de medios electrónicos y de recibir respuesta a las peticiones y consultas formuladas, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Participación Ciudadana.

En la práctica, y de la mano de la administración electrónica, los ciudadanos ya no tendrán que aportar nuevamente determinados documentos cada vez que realicen un procedimiento administrativo en el Ayuntamiento, como es el caso de la copia del DNI. Tampoco cualquier certificado o documento acreditativo del cumplimiento de unos requisitos que deba ser emitido por el propio Ayuntamiento o por otra administración pública al que pueda acceder el Consistorio a través de las plataformas de intermediación de datos del sector público. Lo mismo ocurrirá con los datos o documentos aportados anteriormente por el interesado a cualquier administración, siempre que ésta los ponga a disposición a través de plataformas de intermediación

Además, con la entrada en vigor de la Ordenanza, se grabarán los plenos y dichas grabaciones pasarán a tener validez como acta audiovisual. Deberán conservarse de forma que se garantice la integridad y autenticidad de los ficheros electrónicos correspondientes y el acceso a los mismos por parte de los miembros del órgano colegiado.

Por otro lado, el procedimiento para la adjudicación de contratos del sector público también será exclusivamente electrónico; una norma que comenzará a implementarse en unos meses.