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Portada » SITB demanda el ERTE de Bridgestone ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional

SITB demanda el ERTE de Bridgestone ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional

09/01/2024Por HoyTorrelavega3 Minutos de lectura0
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BridgestoneExt04

El Sindicato Independiente de Trabajadores de Bridgestone (SITB) ha anunciado que ha interpuesto ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional una demanda en impugnación del Expediente Colectivo de Suspension Temporal de Contratos de Trabajo de esta empresa, que tiene una planta en Puente San Miguel. El sindicato pide que se declare la nulidad del ERTE que afecta a las plantillas de las cuatro plantas de Bridgestone en España durante este año 2024.

 

La medida, explica el sindicato, se ha tomado tras la presentación de su contrainforme ante la Inspección de Trabajo de Madrid y de las reuniones posteriores mantenidas con sus responsables el pasado mes de diciembre.

Los motivos con los que se argumenta la demanda son varios. El primero que «los artículos 47 del Estatuto de los Trabajadores y 20 del Real Decreto 1483/2012, exigen que las negociaciones en el periodo de consultas estén presididas por la buena fe».

A juicio de SITB, Bridgestone «se ha limitado a cumplir los requisitos formales previstos legalmente, a la vez que fijaba una postura inicial que ha mantenido inamovible durante toda la negociación». Así, critican que no se haya negociado solución alternativa alguna a la suspensión de contratos; que no haya aportado la totalidad de la información solicitada, que este sindicato entiende que resultaba necesaria para poder comprobar la existencia de las causas con las que justificaba esta medida; que no ha negociado la posibilidad de reducir el número de trabajadores afectados; y que no ha negociado los días de afectación, limitándose a reducir los de la planta de Burgos de manera progresiva

En base al mismo artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, «las causas que la Empresa ha presentado como organizativas, para nosotros son evidentemente económicas» y, por tanto, «hacen incompatible este ERTE con los beneficios récord obtenidos por la empresa», señalan.

Además, argumentan que existe «una más que evidente contradicción entre la realización de horas extras y calendarios sobredimensionados y la aplicación de este ERTE». Negándose Bridgestone en todo momento a «negociar calendarios con la jornada mínima anual fijada en el convenio, haciéndolo en todo momento sobre la máxima», indican.

Por todo lo anteriormente expuesto, desde SITB solicitan «que se declare la nulidad del ERTE o en su defecto el carácter injustificado del mismo, condenando a Bridgestone Hispania a reintegrar los derechos económicos y sociales de los trabajadores afectados, junto con los intereses que se devenguen».

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