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Torrelavega

Juicio al responsable de una empresa de ‘puenting’ por la muerte de una joven holandesa menor de edad

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El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Torrelavega ha dictado el auto de apertura de juicio oral del procedimiento que se sigue contra el responsable de una empresa de aventura que en agosto de 2015 organizó unos saltos de 'puenting' en el viaducto de Cedeja, en la A-8 y en cuya actividad falleció una joven holandesa de 17 años.

 

El ministerio público considera al acusado autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, por lo que solicita una condena de dos años de prisión y cuatro de inhabilitación profesional, además de una indemnización de 140.000 euros para los familiares de la joven holandesa.

Por su parte, la acusación particular, que ejerce la familia de la fallecida, duplica la pena solicitada y pide cuatro años de cárcel, además de seis de inhabilitación profesional y una indemnización de 300.000 euros.

La Audiencia Provincial de Cantabria confirmó el pasado mes de junio el auto del Juzgado de Instrucción que apreció indicios de delito en los hechos que desembocaron en la muerte de Vera N.M. y acordó el procedimiento del titular de la empresa que organizó la actividad de 'puenting'.

En dicho auto se señala que la menor no tenía autorización paterna para realizar la actividad, que en ese viaducto está expresamente prohibido el 'puenting', que a la joven no se le colocó una "línea de vida" que la mantuviera atada a la estructura del puente hasta el momento del salto y que el punto desde el que se iba a realizar, a 32 metros de altura, no disponía de barandillas o algún otro elemento de seguridad en el que pudieran esperar los saltadores hasta que la cuerda estuviera fijada en un punto de amarre.

Además, el auto apunta que el "inglés macarrónico" del monitor, carente del nivel técnico necesario para dar instrucciones a ciudadanos extranjeros en una situación tan "delicada", pudo confundir a la víctima y llevarla a saltar antes de que estuviera atada. Así se detalla que en lugar de utilizar 'don't jump' para advertir a la joven que no debía saltar utilizó el "macarrónico" 'no jump', que la víctima pudo entender como 'now jump', o salta ahora.

La joven saltó sin estar correctamente atada y a causa de la caída desde 32 metros de altura sufrió un traumatismo torácico que le provocó una hemorragia aguda y la muerte.

En un auto que ha sido notificado recientemente, el juez acuerda la apertura de juicio oral tras haber recibido los escritos de calificación del ministerio fiscal y de la acusación particular. En ese auto se pide además al acusado una fianza de 140.000 euros, con el fin de asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias en que haya podido incurrir.

Una vez que se ha abierto juicio oral, se emplaza a la representación legal del investigado para que presente su escrito de defensa, paso previo antes de que el asunto se envíe a los juzgados de lo penal para su enjuiciamiento.