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Primera sentencia en contra del Ayuntamiento de Miengo por discriminación salarial a trabajadores temporales

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Miengo se suma a la cascada de sentencias judiciales que se están produciendo en Cantabria, reconociendo el derecho de los trabajadores temporales de programas de empleo a cobrar el mismo salario que el personal fijo y condenando a los ayuntamientos a pagar las diferencias económicas que no han percibido. El primero de los fallos contrario al Consistorio de Miengo ya ha salido y en los próximos días se esperan más sentencias en el mismo sentido.

Este 7 de julio se hacía público el primer fallo que condena al Ayuntamiento de Miengo por discriminar salarialmente a trabajadores de programas temporales de empleo. La sentencia del Juzgado de lo Social Número 3 de Santander, a la que ha tenido acceso HoyTorrelavega, condena al Consistorio a pagar a un trabajador 4.632,72 euros, más intereses de demora, para compensar la diferencia entre lo percibido durante los ocho meses que estuvo contratado y lo establecido en el convenio colectivo.

El tribunal sí desestima parte de la demanda del trabajador, la que reclamaba el complemento económico como encargado. El demandante percibió durante los ocho meses que estuvo contratado una retribución mensual de 990 euros, mientras que el salario bruto mensual de un oficial de primera del Ayuntamiento de Miengo es de 1.290,71 euros (sin computar las pagas extras), que asciende a 250 euros mensuales más en el caso de tener funciones de encargado. El juez estima la primera parte de la reclamación, la equiparación al salario recogido en convenio de los oficiales de primera, pero rechaza que tenga derecho al complemento de encargado, valorando que no desempeñó tal función.

Esta sentencia es la primera que sale de las presentadas por nueve de los veinte trabajadores que estuvieron contratados de mayo de 2015 a enero de 2016 en Miengo para ejecutar el proyecto "Recuperación ambiental del entorno de la playa de Cuchía integrado en la ruta Portius Blendium". Todo indica, al tratarse de las mismas circunstancias, que el resto irán en el mismo sentido de reconocer la petición de los reclamantes y serán condenatorias para el Ayuntamiento.

El propio magistrado recoge en la sentencia que "esta polémica ya ha sido resuelta por los juzgados de lo Social de esta ciudad, decisiones amparadas por nuestra Sala de lo Social. Se considera, en suma, que no existirían razones jurídicas para tratar de modo desigual a nivel retributivo a un personal laboral con aquellos trabajadores contratados al amparo de los contratos específicos mencionados".

Atiende así la demanda del reclamante, que pide "que se le equipare salarialmente a quienes perteneciendo a su misma categoría en el ámbito laboral del Ayuntamiento demandado desempeñan las mismas funciones que él, lo que constitucionalmente aconsejaría la mencionada equiparación".

El tribunal rechaza los argumentos del Ayuntamiento, que como recoge la sentencia "se escuda en el carácter específico y subvencionado del contrato de trabajo de duración determinada de interés social para oponerse a la demanda". El Consistorio, "considera que el trato desigual estaría justificado porque la naturaleza del contrato es diferente, porque caso de equipararse las retribuciones se podrían perder las subvenciones y porque el actor no pertenece a la plantilla laboral del demandado, amén de motivos presupuestarios que no pueden ser superados por normativa legal".

Contra la sentencia cabe presentación de recurso. Además, HoyTorrelavega ha sabido que los trabajadores demandantes van a estudiar con sus abogados si además de discriminación salarial el Ayuntamiento habría cometido "algún otro delito" en este proceso laboral.

Del mismo modo, los trabajadores han manifestado su malestar con la actuación del comité de empresa del Ayuntamiento de Miengo, en el que tiene mayoría el sindicato USO. Los trabajadores aseguran que han estado "totalmente desamparados", sin que "en ningún momento" los representantes sindicales en el Consistorio les hayan prestado apoyo ni asesoramiento en la defensa de sus derechos.